El plazo sigue abierto hasta el 10 de noviembre

A 5 de octubre de 2026, las personas autónomas afectadas por los incendios de la Sierra Oeste todavía pueden solicitar las ayudas de emergencia de la Comunidad de Madrid. La convocatoria comenzó el 9 de septiembre y la sede electrónica fija el cierre el 10 de noviembre. Queda algo más de un mes para reunir la documentación y registrar el formulario.

El trámite se dirige a profesionales por cuenta propia inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en una mutualidad alternativa, cuya actividad se haya visto afectada por los incendios. La línea de ayudas para autónomos tiene sus propios requisitos. Las convocatorias paralelas para pequeñas y medianas empresas se rigen por otras normas y no deben confundirse con estas cuantías.

La solicitud se presenta por vía electrónica y no tiene tasa. La ficha A1036 y el acceso al formulario están en el trámite de ayudas a autónomos de la Sierra Oeste. Para completarlo hace falta un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.

Dos conceptos y cuantías fijas

La primera ayuda aporta 5.000 euros para contribuir a la recuperación de la actividad, incluidos los trabajos necesarios para reabrir el negocio o las consecuencias de haber tenido que paralizarlo. Para pedir esta línea, la persona solicitante debe declarar que ha sufrido perjuicios relacionados con los incendios o con las medidas de extinción, protección civil, seguridad o recuperación de la zona. El valor estimado de esos perjuicios debe alcanzar al menos 5.000 euros.

La concesión se fija como una cantidad a tanto alzado. No exige presentar facturas de gastos por un importe equivalente, aunque la Administración puede comprobar que se cumplen las condiciones y pedir documentación que acredite lo declarado.

La segunda ayuda compensa seis mensualidades de la cuota mínima de cotización. Para una persona dada de alta en el RETA son 1.798 euros. Quien ejerza por cuenta propia y cotice mediante una mutualidad alternativa puede solicitar 1.389 euros.

Ambos conceptos son compatibles y pueden pedirse por separado o en una misma solicitud, siempre que se cumplan los requisitos de cada uno. Si se conceden las dos líneas, su suma asciende a 6.798 euros para una persona inscrita en el RETA o 6.389 euros para una mutualista. La cuantía conjunta no es automática: se revisan los requisitos de cada concepto y la ayuda de recuperación requiere perjuicios estimados de al menos 5.000 euros.

La convocatoria cuenta con crédito limitado. Las solicitudes que cumplan los requisitos se resuelven mientras quede presupuesto disponible. El orden toma como referencia la fecha en que el expediente reúne la documentación necesaria, incluidas las subsanaciones. Por eso, enviar pronto una solicitud incompleta no ofrece la misma posición que registrar el expediente completo.

Quién puede solicitarla en la Sierra Oeste

Pueden optar las personas autónomas cuya actividad económica se haya visto afectada y que tengan el domicilio fiscal o desarrollen su actividad en uno de estos lugares:

  • Aldea del Fresno
  • Cadalso de los Vidrios
  • Cenicientos
  • Chapinería
  • Colmenar del Arroyo
  • El Escorial, solo en la pedanía de Peralejo
  • Fresnedillas de la Oliva
  • Navalagamella
  • Navas del Rey
  • Pelayos de la Presa
  • Robledo de Chavela
  • Rozas de Puerto Real
  • San Martín de Valdeiglesias
  • Santa María de la Alameda
  • Valdemaqueda
  • Villa del Prado
  • Zarzalejo

La actividad debe haberse iniciado antes del 23 de julio de 2026. También hay que estar al corriente de las obligaciones tributarias, no encontrarse en una situación que impida recibir subvenciones y haber elaborado el plan de prevención de riesgos laborales cuando exista obligación de tenerlo.

La solicitud debe declarar otras ayudas públicas pedidas o recibidas para la misma finalidad y las ayudas sujetas al régimen de mínimis de los tres años anteriores. La normativa europea limita estas últimas a 300.000 euros por empresa única durante cualquier período de tres años. Las ayudas para autónomos pueden coexistir con otras, pero no con líneas sectoriales destinadas a los mismos fines de recuperación. La suma de las ayudas tampoco puede superar los perjuicios ocasionados.

Documentos que conviene preparar

El documento más importante para acreditar el vínculo con la zona es el certificado tributario de situación censal de la Agencia Tributaria. Debe mostrar el domicilio fiscal o el lugar donde se desarrolla la actividad y tener una antigüedad máxima de un mes en la fecha de solicitud. La convocatoria admite otro documento válido en derecho que demuestre fehacientemente alguno de esos domicilios.

También se debe disponer de la vida laboral actualizada o, en el caso de una mutualidad, de una certificación de alta como persona ejerciente. Si presenta la solicitud un representante, debe acreditar la representación. Para la línea de recuperación de la actividad se incluye una declaración responsable sobre los daños, interrupciones o restricciones y su valor estimado. No sustituye los requisitos de la convocatoria, y los datos han de poder acreditarse si la Administración los solicita.

La sede puede consultar el NIF o NIE, la vida laboral y la situación frente a la Seguridad Social si la persona solicitante no se opone. Si marca que no autoriza alguna consulta, tendrá que aportar el documento correspondiente. Para comprobar las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria debe autorizar la consulta o adjuntar el certificado. En su caso, también debe aportar la certificación de alta en la mutualidad.

Antes de enviar la solicitud, es útil revisar que el alta como persona acreedora en la base de datos de terceros de la Comunidad de Madrid esté hecha y que la cuenta bancaria registrada coincida con la indicada en el formulario. Un dato bancario desactualizado puede retrasar el abono. El formulario también recoge declaraciones sobre otras ayudas, el régimen de mínimis y el plan de prevención de riesgos laborales.

Cómo registrar y seguir la solicitud

En la sede electrónica, la persona interesada debe entrar en el trámite A1036, completar el formulario y continuar hasta el acceso al Registro para adjuntar los documentos. Si deja el formulario sin terminar, puede recuperarlo con el localizador que aparece en pantalla. Conviene guardar el justificante y revisar que la solicitud figure efectivamente registrada antes de cerrar la sesión.

Después, el estado, los documentos enviados y las comunicaciones pueden consultarse en el apartado Mis Gestiones de la Cuenta Digital. Si la Administración requiere corregir un defecto o aportar un documento, el plazo de subsanación es de diez días hábiles. El plazo máximo para resolver es de seis meses desde la entrada de la solicitud en el registro electrónico. Si no hay resolución expresa dentro de ese período, el silencio administrativo es desestimatorio.

Con el cierre fijado para el 10 de noviembre, quienes cumplan los requisitos pueden utilizar las próximas semanas para comprobar el domicilio que acreditan, reunir la documentación reciente y presentar el expediente completo.